REGLAMENTO PROFESIONAL PARA PREPAGOS Y DAMAS DE COMPAÑÍA.
AGENCIA MOULAN ROUGE
Toda persona que se ostente ante la sociedad y mercado como Prepago y Dama de Compañía de nuestra Agencia Moulan Rouge, deberá estar reconocida y registrada como tal.
Toda persona, Prepago o Dama de Compañía ejercerá su oficio, profesión o vocación bajo las normas y reglamentos expedidos por nuestra Agencia.
Toda persona, Prepago o Dama de Compañía, empleada o representada por nuestra Agencia deberá laborar o contar con el Contrato laboral, exista en la relación temporal o indefinida entre las Prepagos y Damas de Compañía. Dicho contrato es para garantizar a ambas partes que lo contraen, las mínimas o amplias garantías (según se convenga entre las partes) de derechos y responsabilidades en casos de accidentes, enfermedades, muerte, fin de relación, incumplimientos y otras situaciones que podrían aparecer durante el tiempo que dure una relación profesional o de trabajo entre la agencia y sus chicas. Se declara y reconoce que el trabajo profesional de una agencia.
Se consideran distorsión y falta a los servicios ejercidos por una agencia, de PREPAGOS Y DAMAS DE COMPÑÍA toda aquella acción o actividad que no sea la propia de su profesión legal. Las cuales normalmente son: incumplimiento, responsabilidad, puntualidad, drogadicción y todo forma de crimen organizado. La distorsión de profesión o servicios de una chica será sancionada de acuerdo a la característica y magnitud de la falta bajo los procedimientos, acuerdos y estatutos que rigen la Agencia. Es por ello que la Agencia no reconocerá como profesional o PREPAGOS Y DAMAS DE COMPAÑÍA que se correlacionen con actividades de distorsión de servicios.
Queda estrictamente prohibido para PREPAGOS Y DAMAS DE COMPAÑÍA el contratarse con empresas o promociones de una forma directa o independiente sin haberlo notificado y serle autorizado por nuestra Agencia.
No será reconocida toda aquella Agencia que tenga como directora o manejadora a personas menores de 21 años.
La Agencia despojará de todos sus derechos, créditos o currículo histórico a las profesionales que promuevan el desorden en nuestro rubro, apoyando a agencias no autorizadas o reconocidas.
Será sancionada toda PREPAGO Y DAMA DE COMPAÑÍA que cambie o trabaje sin autorización o aviso de su director de agencia, con otra agencia que no sea su propia.
La Agencia no reconocerá la existencia de PREPAGOS Y DAMAS DE COMPAÑÍA libres (sin representación de agencia), ya que es en este segmento donde más se anida, existe y prolifera las PREPAGOS Y DAMAS DE COMPAÑÍA apócrifa, que ofrece la distorsión de servicios.
La Agencia mantendrá una lucha constante y permanente en contra de las PREPAGOS Y DAMAS DE COMPAÑÍA apócrifas, que día a día aportan generosamente una mala y pésima reputación ante la sociedad de nuestra profesión y rubro.
Queda prohibido para PREPAGOS Y DAMAS DE COMPAÑÍA el ingerir cerveza o bebidas alcoholizadas o fumando cigarros en y durante los eventos laborales.
Así mismo no se permitirá a las PREPAGOS Y DAMAS DE COMPAÑÍA contratadas a quedarse después de su trabajo, y en el mismo lugar del evento a divertirse ingiriendo bebidas alcoholizadas, cervezas o cigarrillos. Se recomendará, que si desean divertirse, lo hagan en otro lugar ajeno a su centro de contratación y trabajo.
Queda asentada la capacitación como un derecho laboral y una obligación profesional.
Toda PREPAGO O DAMAS DE COMPAÑÍA asociada se compromete a atender los llamados que le haga con previo aviso su agencia para casos de reuniones y llamados en casos de contingencia y desastres.
En caso de peticiones, problemas o aclaraciones entre las PREPAGOS O DAMAS DE COMPAÑÍA con su agencia, será una opción el arbitraje o testigo, si así se desea por alguna de las partes involucradas.
ATENTAMENTE
SR. ALEJANDRO PINO
GERENTE GENERAL
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